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Derechos de las empleadas de hogar internas: Lo que hay que saber

Derechos de las empleadas de hogar internas: Lo que hay que saber

    ¿Cuáles son los derechos de las empleadas de hogar internas? Es importante conocerlos, sobre todo, si estás decidido a contratar una trabajadora. Los fallos a la hora de gestionar los papeleos, puede desembocar en una sanción por parte de la Administración. Si quieres evitarlo, sigue leyendo.

    Si tu respuesta a cuándo contratar una interna es afirmativa e inmediata, debes saber ciertas cosas sobre tu relación laboral con ella. Para cualquier duda, siempre puedes consultar la guía del año actual de los derechos del servicio de hogar familiar.

    Esta relación laboral tiene un carácter especial. Aquel que contrata (el empleador) es normalmente el titular del hogar familiar, o lo que es lo mismo, quien gestiona. Si el empleador fuera una empresa, dejaría de considerarse  ‘Sistema Especial de Empleados del Hogar’.

    No podemos olvidar que este tipo de contrato está integrado dentro del Régimen General de la Seguridad Social. Por tanto, en él, debe figurar la duración (indefinido o de duración determinada), si se cobra o no parte en especie, el salario y la jornada que va a llevar a cabo el trabajador.

    Derechos de las Internas

    • Comenzamos abarcando el punto anterior, una empleada de hogar interna debe tener un contrato de trabajo, sobre todo si se prolonga más de 4 semanas el servicio.
    • En general, el período de prueba no puede superar los 2 meses.
    • Si la empleada tuviera un accidente dentro del hogar familiar, sí será considerado como accidente laboral, pues no podemos olvidar que forma parte de su trabajo.
    • La jornada laboral de una interna son 40 horas laborables a la semana. Sin embargo, sí es posible negociar con ella tiempo de presencia en la casa mediante una compensación económica pactada entre empleador y empleado. En cualquier caso, no podrán superar las 20 horas semanales, a no ser que se compensen también con descansos retribuidos.
    • La interna tiene derecho a diario a 2 horas para comer, las cuales no se cuentan como tiempo de trabajo efectivo.
    • Las vacaciones son de 30 días naturales, pudiéndose dividir entre dos o más períodos. Eso sí, uno de ellos, debe ser de 15 días consecutivos. Las vacaciones se deben pactar entre empleador y empleado, y si no se llegara a un acuerdo, 15 días los escogería uno, y 15, el otro.
    • El contrato de empleada de hogar interna no cotiza por desempleo a la seguridad social, por lo que no tiene derecho a paro.

    Cómo hacerlo más sencillo

    Seleccionar y contratar a una buena empleada de hogar interna, no es trabajo fácil. Es por ello que existen las empresas de Ayuda a domicilio, como mSoluciona, que te ayuda a encontrar a la persona idónea según tus necesidades y gestiona todo el papeleo.

    En mSoluciona llevamos años en el sector y contamos con profesionales acreditados y experimentados. Nuestra máxima es el bienestar de nuestros clientes, así como su tranquilidad de saber que están en buenas manos.

    Te ofrecemos la posibilidad de cambiar de trabajador si, por cualquier circunstancia, no hubiera la complicidad esperada. También podremos darte el servicio de sustitución en caso de baja o vacaciones de la trabajadora. Y lo más importante, hacemos todo el papeleo por ti. ¡Pídenos presupuesto sin compromiso!

    ¿Te han quedado claros los derechos de las empleadas de hogar internas? ¿Te podemos ayudar en algo?


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